Título: Libro de la Defensa Nacional de Chile - Parte IV:
Conducción y
Organización de la
Defensa Nacional
Nacional
2. EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
El Ministerio de Defensa Nacional es el organismo público mediante el cual el Jefe del
Estado orienta y dirige la defensa del país. Para estos efectos, y de acuerdo a lo
dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, a su titular le corresponde, entre otras responsabilidades,
proponer la Política de Defensa Nacional y las políticas específicas y planes que de
ésta se deriven.
1. LA ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL (MDN)
El Ministerio está constituido por las Subsecretarías de Guerra, Marina, Aviación,
Carabineros e Investigaciones y el Estado Mayor de la Defensa Nacional
(EMDN), además de aquellos organismos mencionados en el capítulo precedente.
Dependen del Ministerio de Defensa Nacional las instituciones de las Fuerzas
Armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) y las de Orden y Seguridad Pública
(Carabineros y Policía de Investigaciones).[28](Ver Gráfico 10)
2. LAS SUBSECRETARÍAS DEL MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL
Constituyen los órganos de asesoría y colaboración inmediata del Ministro. Sus
titulares son los respectivos subsecretarios, funcionarios de la exclusiva confianza
del Presidente de la República. Además de las tareas específicas que disponga
el Ministro, la función de cada una de ellas es analizar y atender las materias
administrativas que digan relación con la respectiva institución a la que
sirven, así como impulsar todas las iniciativas y proyectos que sean de beneficio
para el desarrollo de la Defensa y del Orden y Seguridad Pública.
2.1. Subsecretaría de Guerra
Ejecuta y tramita materias de orden legal, reglamentario, administrativo, presupuestario
y previsional de los sectores activo y pasivo del Ejército y organismos
dependientes. Asimismo, coordina el estudio y trámite de materias comunes
a las cinco Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional.
A través de la Subsecretaría de Guerra dependen o se relacionan con el Ministerio,
entre otros organismos, la Dirección General de Movilización Nacional
(DGMN), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), el Arzobispado Castrense de Chile y la empresa del Estado Fábricas y Maestranzas del
Ejército (FAMAE). También depende de ella la Defensa Civil de Chile (Ver Recuadro
16).
2.2. Subsecretaría de Marina
Ejecuta y tramita materias de orden legal, reglamentario, administrativo, presupuestario
y previsional de los sectores activo y pasivo de la Armada y organismos
dependientes. Coordina la acción de los órganos y servicios públicos
vinculados con el sector de su interés. Astilleros y Maestranzas de la Armada
(ASMAR) se relaciona con el Ministerio de Defensa Nacional por intermedio de
esta Subsecretaría.
Esta Subsecretaría cumple todas las gestiones inherentes a la administración y
fiscalización de uso de los bienes nacionales ubicados en las costas marinas y riberas
de ríos y lagos. En esta función tiene especial relevancia el ejercicio de las
gestiones de otorgamiento de concesiones marítimas y de acuicultura, y la planificación
de uso del borde costero. (Ver Recuadro 17)
2.3. Subsecretaría de Aviación
Ejecuta y tramita materias de orden legal, reglamentario, administrativo, presupuestario y previsional de los sectores activo y pasivo de la Fuerza Aérea y organismos
dependientes.
Empresa Nacional de Aeronáutica (ENAER) se relaciona con el Ministerio de
Defensa Nacional por intermedio de esta Subsecretaría y ella también es responsable
de apoyar las actividades la Agencia Chilena del Espacio. (Ver Recuadro
18)
2.4. Subsecretaría de Carabineros
Tiene por misión asesorar directamente al Ministro de Defensa Nacional en todas
aquellas materias relacionadas con Carabineros de Chile y la Dirección de
Previsión de Carabineros (DIPRECA), sean éstas de carácter administrativo, legal,
previsional y presupuestario y que deban tramitarse a través de esta Subsecretaría
de Estado.
2.5. Subsecretaría de Investigaciones
Tiene por misión asesorar directamente al Ministro de Defensa Nacional en todas
aquellas materias relacionadas con la Policía de Investigaciones de Chile,
tanto administrativas como de orden legal, previsional y presupuestario, de carácter
general y especial, que deban tramitarse por intermedio de esta repartición.
RECUADRO 16
LA DEFENSA CIVIL DE CHILE
La Defensa Civil de Chile es una Corporación de derecho público creada por la ley
8.059, publicada en el Diario Oficial N° 20.084 de fecha 16 de febrero de 1945. Es
un organismo de carácter nacional, llamado a desempeñar una acción permanente
y oportuna en beneficio directo de la ciudadanía frente a cualquier siniestro que
pueda alterar la vida de las personas o zonas urbanas.
Su Jefe Superior es el Ministro de Defensa Nacional, quien delega sus atribuciones
que le confiere esa ley en el Director General de la Institución, y al que corresponde
la dirección y administración del servicio.
Integran la Defensa Civil de Chile todas las personas naturales o jurídicas que
deseen ingresar a ella en calidad de Voluntario. Asimismo, la Defensa Civil cuenta
con personal de categoría “Disponible” que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 30
del D. L. N° 2.306 de 1978, la Dirección General de Movilización Nacional ponga a
su disposición. Este personal es asignado a prestar servicios en la Defensa Civil de
Chile, cumpliendo con sus funciones por un período similar al Servicio Militar, donde
son preparados para cumplir misiones propias de la institución. En la actualidad
la Defensa Civil cuenta con un total de 9.000 integrantes de los cuales son 5.500
Voluntarios y 3.500 corresponden a personal en la categoría Disponibles.
La Defensa Civil de Chile se encuentra organizada a lo largo de todo el territorio nacional,
contando en la actualidad con 104 Sedes Locales y 41 Estaciones de Radio.
Las Sedes Locales son las unidades operativas y de acción de la institución ante una
emergencia o catástrofe, y se insertan en los respectivos Comités de Emergencias y
en los Centros de Operaciones de Emergencia (C.O.E.) a nivel comunal, provincial y
regional, organismos que les fijan las misiones a cumplir en su zona respectiva.
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RECUADRO 17
POLÍTICA NACIONAL DE USO DEL BORDE COSTERO
Ella establece un marco orgánico que permite el mejor aprovechamiento de los
espacios marítimos y terrestres del litoral, fijando para ello los elementos indispensables
que posibilitan su desarrollo. La longitud de la costa del territorio continental,
más las islas cercanas al continente e islas esporádicas, abarcan un total
de 84.040 kms. A la fecha, se ha otorgado un 4% de dicha extensión en Concesiones
y Destinaciones Marítimas, y Concesiones de Acuicultura.
Tales espacios son un recurso limitado, que permite múltiples usos, en algunos casos
exclusivos, y en otros, compatibles entre sí. El objeto de la Política Nacional de
Uso del Borde Costero (PNUBC) es, precisamente, definir su mejor empleo.
Esta normativa contempla el funcionamiento de una Comisión Nacional de Uso
del Borde Costero y una Comisión Regional de Uso del Borde Costero, constituida
por las autoridades ligadas al sector, que tiene por misión proponer la respectiva
zonificación.
La Comisión Nacional —entidad asesora del Presidente de la República— está encabezada
por el Ministro de Defensa Nacional y la integran la Subsecretaría de
Marina, los Ministerios y las entidades vinculadas al área.
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RECUADRO 18
LA AGENCIA CHILENA DEL ESPACIO
Es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, sometido a la supervigilancia directa del Presidente de la República,
cuyo objeto es asesorarlo en materias espaciales y servir de instancia de coordinación
entre los organismos públicos que tengan competencias asociadas a
dichas materias.
En especial, corresponderán a la Agencia las siguientes tareas:
- Asesorar al Presidente de la República para que la política exterior de Chile, en
aquellas materias que tengan incidencia en asuntos espaciales, se adecue a la política
nacional espacial, propiciando para ese efecto, la coordinación entre el Ministerio
de Relaciones Exteriores y las demás carteras representadas en la Agencia
Chilena del Espacio, y efectuando las proposiciones pertinentes.
- Promover y proponer la celebración de convenios internacionales, a objeto de
acceder y canalizar la cooperación internacional científica, tecnológica y económica,
en el ámbito de la actividad espacial.
- Promover y proponer la celebración de convenios u otros instrumentos destinados
a canalizar aportes públicos y privados al desarrollo de las materias espaciales.
- Estudiar la legislación nacional vigente aplicable a los asuntos espaciales y proponer
los perfeccionamientos o reformas que sean pertinentes, tanto en el ámbito
institucional como en lo funcional. En particular, la Comisión deberá elaborar y
proponer un proyecto de ley destinado a crear una institucionalidad que asuma
de modo permanente el desarrollo de las actividades espaciales.
- Coordinar con todos los organismos estatales y privados, tanto nacionales como
internacionales, todas las actividades que tengan relación con el espacio y que se
desarrollen en Chile o por Chile en el exterior.
- Como ente coordinador e impulsor de las actividades espaciales en el país, estructurará
un Plan Espacial Nacional consecuente con los lineamientos establecidos
en esta Política Espacial Nacional.
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3. EL ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA NACIONAL
(EMDN)
El Estado Mayor de la Defensa Nacional es el organismo permanente de asesoría,
trabajo y coordinación del Ministro de Defensa Nacional en todo lo que dice
relación con la preparación y empleo de las Fuerzas Armadas. Se trata de un
organismo conjunto, es decir, integrado por representantes de las tres instituciones
armadas, bajo el mando del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
Asimismo, al EMDN le corresponde desempeñar las funciones de organismo
de trabajo y coordinación del Consejo Superior de Seguridad Nacional
(CONSUSENA) y de la Junta de Comandantes en Jefe (JCCJ).
El Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional es un General de División, un
Vicealmirante o un General de Aviación, designado en forma rotativa entre las
instituciones armadas, y que permanece dos años en su puesto. El Estado Mayor
de la Defensa Nacional cuenta, además, con una Subjefatura, ejercida por
un Oficial General también en forma rotativa, y las Direcciones y Departamentos
Especiales que señale su Reglamento Interno. Lo anterior, sin perjuicio del
funcionamiento permanente o eventual de los Consejos y Comités Asesores dependientes
del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional que se establezcan
por decreto supremo o por orden ministerial.
Las tareas generales del Estado Mayor de la Defensa Nacional son:
- Realizar todo trabajo o estudio que determine el Ministro de Defensa Nacional, así como aquellos acordados por el Consejo Superior de Seguridad
Nacional, por la Junta de Comandantes en Jefe y que tengan relación con la
Seguridad Nacional, y la preparación y empleo de las Fuerzas Armadas, ya
sea en tiempo de paz, de crisis o guerra.
- Preparar y mantener actualizada la planificación primaria y secundaria de
la Defensa Nacional.
- Realizar, en coordinación con la Dirección General de Movilización Nacional,
todo trabajo o estudio relacionado con la movilización nacional que
disponga el Consejo Superior de Seguridad Nacional.
- Coordinar la ejecución de las funciones y tareas conjuntas que deban realizar
las Fuerzas Armadas.
- Coordinar con el Ministerio del Interior aquellas actividades que les competan
realizar a las Fuerzas Armadas relacionadas con la seguridad interior
del país, así como en situaciones de catástrofe, de acuerdo con la Constitución
y las leyes. (Ver Gráfico 11)
4. EL CONSEJO SUPERIOR DE LA DEFENSA NACIONAL
(CONSUDENA)[29]
Su función principal es controlar las inversiones que se hagan con cargo a la Ley
Reservada del Cobre, las que deben ser autorizadas por Decreto Supremo. Es
presidido por el Ministro de Defensa y está integrado por:
- Ministro de Relaciones Exteriores
- Ministro de Hacienda
- Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas
- Subsecretarios de Guerra, Marina y Aviación
- Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas
- Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional
Actúa como Secretario un oficial superior (en retiro), especialista en Estado Mayor.
5. ACADEMIA NACIONAL DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y
ESTRATÉGICOS (ANEPE)
La Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos es el órgano académico
del Ministerio, especializado en materias de seguridad y defensa.[30]
Su misión
es desarrollar las actividades de docencia, investigación, extensión y difusión
destinadas a incrementar los conocimientos en materias de Seguridad Nacional
y Defensa Nacional. La ANEPE orienta su quehacer hacia el personal de
las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, de la administración
del Estado (en especial del sector Defensa), del sector privado y de la
comunidad de Defensa, en general.
Particularmente, su orientación hacia el mundo civil responde al esfuerzo impulsado
desde el Ministerio para ampliar la participación de civiles en la defensa
con el objetivo de formarlos en las diversas materias relacionadas y estimular
su incorporación a instancias de trabajo del sector de la defensa.
Su director es un Oficial General de las Fuerzas Armadas en servicio activo, designado
por el Presidente de la República. Su cuerpo académico está compuesto
por profesionales civiles y de la Defensa Nacional en servicio activo o en retiro.
Entre sus principales actividades destaca la realización de cursos de postítulo y
postgrado, tales como el Curso de Alto Mando, el Curso de Estudios Superiores
para Oficiales Jefes y Superiores de los Servicios, el Diplomado en Estudios Políticos
y Estratégicos (DEPE) y el programa de Maestría en Seguridad y Defensa.
6. LA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN
NACIONAL (DGMN)
Es un organismo ministerial en el que participan representantes de las tres ramas de las Fuerzas Armadas. Su director es un Oficial General de Ejército o de
grado equivalente de la Armada o Fuerza Aérea en servicio activo, designado
por decreto supremo.
Las principales funciones de la DGMN son coordinar y controlar las siguientes
actividades:
- La Movilización Nacional, que es el conjunto de actividades y medidas
destinadas a poner una parte o la totalidad del potencial humano, material
e industrial del país en situación de enfrentar adecuadamente un conflicto.
- El Reclutamiento, que se centra principalmente en la convocatoria, selección
y distribución de los ciudadanos que cumplen el Servicio Militar
Obligatorio.
- El control de armas y explosivos. La ley entrega a la DGMN la responsabilidad
de controlar las armas de fuego, municiones, explosivos y productos
químicos empleados en la fabricación de explosivos, que estén en posesión
de personas naturales o jurídicas.
- El control de armas químicas y toxígenas. Es una responsabilidad derivada
de la ratificación por parte de Chile, de la “Convención internacional para
la Prohibición del Desarrollo, Producción, Almacenamiento y el Empleo
de Armas Químicas”.
- Las artes marciales. La ley establece que el Ministro de Defensa Nacional,
por intermedio de la DGMN, debe llevar el control de estas actividades en
el país.
[28] Si bien es cierto que las instituciones
policiales tienen una dependencia administrativa
del Ministerio de Defensa, dependen
operativamente del Ministerio del Interior.  [volver]
[29] Creado por la Ley Nº 7.144, del 5 de
enero de 1941.  [volver]
[30] Reconocida como Institución de Educación
Superior por la Ley Nº 18.962 Orgánica
Constitucional de Enseñanza, del 10 de
marzo de 1990.  [volver]