TRATADO
O CONVENIO |
LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN |
DESCRIPCIÓN
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OBSERVACIONES
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Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca (TIAR) |
Rio de Janeiro, Brasil, 2 de septiembre de 1947 |
Establece mecanismos de seguridad colectiva continental |
Depositó instrumento ratificado el 6 de abril de 1955. |
Convenio sobre las infracciones y otros actos cometidos a bordo de aeronaves |
Tokio, Japón, 14 de septiembre de 1963 |
Instrumento de la Organización de Aviación Civil Internacional -OACI- |
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Convenio para la presión del apoderamiento ilícito de aeronaves |
La Haya, Países Bajos, 16 de diciembre 1970 |
Instrumento de la OACI |
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Convención para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil. |
Montreal, Canadá 23 de septiembre de 1971 |
Instrumento de la OACI |
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Convención para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados en delitos contra las personas y extorsión conexa cuando estas tengan trascendencia internacional. |
Washington, D. C., 2 de febrero de 1971 |
Adopta normas que atañe a la cooperación internacional en la prevención y sanción de los actos de terrorismo y en especial el secuestro de personas y la extorsión conexa con este. |
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Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra las Personas Internamente Protegidas, Inclusive los Agentes Diplomáticos |
Nueva York, Estados Unidos, 14 de diciembre de 1973 |
Brinda una protección amplia sobre los peligros de seguridad que se deben otorgar a personas representativas del país en el exterior, que por su dignidad, competencia e investidura, requieren de un especial amparo por parte de los respectivos Estados. |
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Convención Internacional contra la toma de Rehenes |
Nueva York, Estados Unidos, 17 de diciembre de 1979 |
Fomenta la cooperación internacional entre los Estados para elaborar y adoptar medidas eficaces para la prevención, el enjuiciamiento y el castigo de todos los actos de toma de rehenes como manifestaciones del terrorismo internacional. |
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Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional. |
Montreal, Canadá, 24 de febrero de 1988. |
Fomenta las medidas contra los actos ilícitos de violencia que ponen o pueden poner en peligro la seguridad de las personas en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional. |
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Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana Permanente para la Erradicación de la Producción, Tráfico, Consumo y uso Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (CCP) |
Ciudad de Guatemala, Guatemala, 29 de octubre de 1993. |
Crea la Comisión Centroamericana Permanente para la Erradicación de la Producción, tráfico, Consumo y Uso Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, como entidad del Sistema de Integración Centroamericana, en calidad de Organismo Especializado, técnico y asesor, para entender de manera Institucional, permanente e integral, los diferentes aspectos relacionados con el narcotráfico y sus consecuencias en la Región Centroamericana. |
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Convenio constitutivo del centro de coordinación para la prevención en desastres naturales en América Central (CEPREDENAC) |
Ciudad de Guatemala, Guatemala, 29 de octubre de 1993 |
Crea el Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central CEPREDENAC, como un organismo regional, con personalidad jurídica internacional e interna, en cada uno de los Estados Partes, capacitado para ejercer sus funciones y alcanzar sus objetivos, fundamentalmente el de reducir los desastres naturales en Centroamérica. |
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Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica |
San Pedro Sula, Honduras, 15 de diciembre de 1995. |
Crea el Modelo Centroamericano de Seguridad Democrática, que se basa en la democracia y el fortalecimiento de sus instituciones y el Estado de Derecho; en la existencia de gobiernos electos por sufragio universal, libre y secreto y en el irrestricto respeto de todos los derechos humanos en los Estados que conforman la región centroamericana. |
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Convenio centroamericano para la prevención y la represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícitos de drogas y delitos conexos. |
Ciudad de Panamá, Panamá, julio 1997. |
Establece disposiciones sobre los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, para ser prevenido y reprimido. |
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Convenio entre Centroamérica y Republica Dominicana, para la prevención y la represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos. |
Santo Domingo, Republica Dominicana, 6 de noviembre 1997. |
Establece las medidas referidas a drogas y lavado, prevención y represión de los delitos de lavado de dinero y activos, con tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, entre Centroamérica y República Dominicana. |
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Convención interamericana contra la fabricación y tráfico ilícito de armas de fuego, municiones explosivos y otros materiales relacionados |
Washington, D. C., Estados Unidos, 14 de noviembre de 1997 |
Aporta recomendaciones para adoptar legislaciones o reglamentos sobre la propiedad, tenencia o comercialización de armas de fuego de carácter exclusivamente interno, reconociendo que los Estados Partes aplicarán sus leyes y reglamentos respectivos en consonancia con esta Convención. |
Depositó instrumentos ratificado el 2 de mayo de 2003. |
Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas |
Nueva York, Estados Unidos, 15 de diciembre de 1997. |
Establecer y adoptar medidas eficaces y prácticas para prevenir esos atentados terroristas y enjuiciar y castigar a sus autores. |
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Convención Interamericana para la Transparencia en la Adquisición de Armas Convencionales |
Guatemala, 7 de junio de 1999. |
Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados Miembros. |
Depositó instrumento ratificado el 7 de marzo de 2001 |
Convenio Internacional para Reprimir la Financiación del Terrorismo |
Nueva York, Estados Unidos, 9 de diciembre de 1999. |
Obliga a los Estados que forman parte a procesar o extraditar a las personas acusadas de financiar actividades terroristas, y pide a los bancos que decreten medidas para identificar transacciones sospechosas. |
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Convención de la ONU contra la Delincuencia Organizada Trasnacional |
Nueva York, Estados Unidos, 15 de noviembre de 2000. |
Promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional. |
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Convención Interamericana contra el Terrorismo.<7td>
| Bridgetown, Barbados, 3 de junio de 2002 |
Tiene como objeto prevenir, sancionar y eliminar el terrorismo. |
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Protocolo relativo a la Prohibición del Empleo en la Guerra de Gases Asfixiantes, Básicos o Similares y Medios Bacteriológicos. |
Ginebra, Suiza, 17 de junio de 1925 |
Reconocer universalmente como incorporada al derecho internacional esta prohibición. |
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Convenio para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio |
Nueva York, Estados Unidos, 9 de diciembre de 1948. |
Considera el genocidio como un delito de derecho internacional y se comprometen a prevenir y a sancionar. |
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Convenio I de Ginebra |
Ginebra, Suiza, 12 de agosto de 1949 |
Para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña. |
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Convenio II de Ginebra |
Ginebra, Suiza, 12 de agosto de 1949 |
Para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las Fuerzas Armadas en campaña. |
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Convenio III de Ginebra |
Ginebra, Suiza, 12 de agosto de 1949. |
Relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. |
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Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, su reglamento y sus protocolos adicionales I y II |
La Haya, Países Bajos, 14 de mayo de 1954 |
Protege los monumentos de arquitectura, de arte o de historia y otros bienes culturales. |
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Convención sobre la Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico o Artístico de las Naciones Americanas |
Washington D. C., Estados Unidos, 16 de junio de 1976 |
Adoptar medidas de la mayor eficacia conducentes a la adecuada protección, defensa y recuperación de los bienes culturales. |
Depositó instrumento ratificado el 17 de diciembre de 1979. |
Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 |
Ginebra, Suiza, 8 de junio de 1977. |
Relativo a la protección de las victimas de los conflictos armados internacionales. |
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Tratado para la Prescripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe. (tratado de Tlatelolco) y sus II Protocolos adicionales |
México, 14 de febrero de 1967 |
Tratado de no proliferación nuclear en América latina y el Caribe, como zona libre de armas nucleares. |
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Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los Crímenes de Lesa Humanidad |
Nueva York, Estados Unidos, 26 de noviembre de 1968. |
Afirmar en derecho internacional, por medio de la presente Convención, el principio de la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad y asegurar su aplicación universal. |
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Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción |
Ginebra, Suiza, 3 de septiembre de 1992. |
Prohíbe el uso, la producción y el almacenamiento de armas químicas y persigue la destrucción de las mismas |
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Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción. |
Oslo, Noruega, 18 de septiembre de 1997. |
Prohíbe las minas antipersonales. |
Depositó instrumento ratificado el 26 de marzo de 1999 |
Tratado sobre la no Proliferación de las Armas Nucleares |
1970 |
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Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar |
Montego Bay, Jamaica. 10 de diciembre de 1982. |
Establece un orden jurídico para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y la preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos. |
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