Título: Libro de la Defensa Nacional de Chile - Parte IV:
Conducción y
Organización de la
Defensa Nacional
Nacional
4. LAS FUERZAS ARMADAS
Para brindar protección a la población, al territorio y a los bienes y actividades que se
desarrollan dentro de las fronteras nacionales, y concurrir a apoyar la gestión de la
Política Exterior del país, el Estado cuenta con los medios de la Defensa Nacional.
Entre ellos, las Fuerzas Armadas son su único componente militar y constituyen el
soporte del poder defensivo de Chile.
1. POLÍTICA MILITAR
La Política Militar corresponde al conjunto de orientaciones que el Ministerio
de Defensa dirige a las Fuerzas Armadas para materializar las normas propiamente
militares que se derivan de la Política de Defensa Nacional. Ella orienta
el quehacer de las Fuerzas Armadas como un todo armónico y coordinado, de
aquí que tenga un carácter conjunto. La Política Militar apunta a dar respuesta,
en el ámbito estratégico, a los requerimientos de la Política de Defensa y, al
mismo tiempo, sentar las bases de las políticas institucionales específicas. Entre
otras cosas, ella puede fijar criterios o estándares para materiales y equipos
de uso común en las tres instituciones, procedimientos de tipo logístico y gestión
de recursos, procedimientos operativos normales, entrenamiento conjunto
y materias que permitan optimizar el cumplimiento de las tareas comunes y
conjuntas de las instituciones.
2. MISIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
Las Fuerzas Armadas, dependientes del Ministerio encargado de la Defensa Nacional,
están integradas sólo por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea de Chile.
Estos cuerpos armados existen para la defensa de la patria, son esenciales para
la seguridad nacional y garantizan el orden institucional de la República. En
su calidad de cuerpos armados, son esencialmente obedientes, no deliberantes,
profesionales, jerarquizados y disciplinados.
En el plano de la defensa o seguridad exterior, la misión general de las Fuerzas
Armadas es disuadir o combatir toda amenaza externa con el propósito de resguardar
la soberanía y mantener la integridad territorial. También cooperan con
fuerzas militares de otros países en iniciativas bilaterales o multilaterales, siempre
de acuerdo con el interés nacional.
En función de esos fines, la labor de las Fuerzas Armadas es permanente y descansa
fundamentalmente en el juramento de servicio a la patria y defensa de
sus valores escenciales que cada uno de sus integrantes expresa al momento de
ingresar a las filas, y en el adecuado alistamiento del personal y del material de
cada una de las instituciones armadas. Por estas razones, y por la naturaleza de
las misiones asignadas, la profesión de las armas se considera como eminentemente
vocacional. Esto se ve reflejado en los cuerpos legales correspondientes
donde se establece, entre otros aspectos, que “la incorporación a las plantas y
dotaciones de Oficiales y personal del Cuadro Permanente sólo podrá hacerse a
través de sus propias Escuelas Matrices”.[31]
Derivado de las particulares exigencias que impone la función militar y la carrera
profesional, los organismos y el personal que las desempeñan, así como
sus institutos de formación profesional, se ajustan a normas jurisdiccionales,
disciplinarias y administrativas que se establecen en cuerpos legales específicos.
El personal de las Fuerzas Armadas está constituido por el personal de planta
(Oficiales, Cuadro Permanente o Gente de Mar, y Empleados Civiles), el personal
a contrata y el personal de reserva llamado al servicio activo. En forma complementaria, y aunque no forman parte del personal de planta, también están
sometidos a la jerarquía y disciplina de las Fuerzas Armadas y leyes correspondientes
los Subalféreces, Cadetes, Grumetes, Aprendices y Alumnos de las
escuelas institucionales, así como los Soldados Conscriptos.
Las Fuerzas Armadas requieren estar preparadas y capacitadas para cumplir sus
misiones con suficientes grados de flexibilidad y dinamismo. En términos generales,
deben estar preparadas tanto para el combate como para afianzar la paz
de que Chile goza y participar en el esfuerzo que el Estado realiza en el mantenimiento
de la paz mundial. Es por esto que a las Fuerzas Armadas no se las
puede concebir como instituciones abocadas única y exclusivamente a los problemas
de la guerra, sino también a los problemas de la construcción de la paz.
Su despliegue y organización de paz debe darles la capacidad suficiente para
transformarse en el órgano militar que el Estado necesita para enfrentar eventuales
conflictos o para hacerse cargo de las tareas que el Estado les encomienda
en el ámbito de la cooperación internacional.
3. FUNCIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS
A fin de poder cumplir con las tareas que tienen asignadas, las Fuerzas Armadas
realizan una serie de actividades conjuntas, comunes y específicas.[32]
La ejecución de las actividades conjuntas y comunes ha demostrado su utilidad
para un accionar coordinado bajo el concepto de “unidad de la guerra”. Normalmente,
las actividades conjuntas y comunes se coordinan y disponen a través
del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
3.1. Funciones Conjuntas
Son aquellas actividades que requieren, para el cumplimiento de un objetivo determinado,
la participación activa e integrada, bajo un mando único, de medios
y efectivos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, o de dos de estas instituciones
a lo menos.
3.2. Funciones Comunes
Son aquellas actividades que, aunque persiguen similar finalidad, son efectuadas
individualmente por el Ejército, Armada y Fuerza Aérea, sin perjuicio de la
coordinación que corresponda.
3.3. Funciones Específicas
Son aquellas actividades que, en forma propia y exclusiva, corresponde realizar
a cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas.
La singularidad de cada sociedad y las capacidades y limitaciones con que se
desenvuelve cada Estado en el ambiente internacional determinan que el empleo,
misiones, funciones y características de las Fuerzas Armadas sean especiales
y únicos para cada país en particular. Ellas se enmarcan dentro de la libertad
de acción de cada Estado para establecer su propia concepción de seguridad
de la nación y su propia Política de Defensa.
4. CONSIDERACIONES SOBRE EL TEMA CONJUNTO
En la búsqueda de soluciones estratégicas acordes a nuestra realidad y a la disponibilidad
de medios, y tomando en cuenta la experiencia de países que se han
visto envueltos recientemente en conflictos, ha quedado de manifiesto la necesidad
de ejercer la conducción conjunta, de manera de integrar sus capacidades
para lograr resultados que sean, a la vez, eficaces en cuanto al efecto y oportunidad,
y eficientes en cuanto al empleo de los recursos.
Aunque este enfoque ha adquirido especial impulso desde el fin de la Guerra
Fría, ya desde 1951 viene dándose en Chile un aumento sostenido de la capacidad
de entrenamiento y operación conjunta de fuerzas, lo que se ha materializado
en una serie de actividades conjuntas de las Fuerzas Armadas. Una de sus
expresiones más importantes es la Región Militar Austral (RMA), pero destacan
también las múltiples actividades académicas de carácter conjunto, tanto en el
ámbito de las Academias de Guerra como de las instituciones: períodos de estudios
conjuntos, juegos de guerra conjuntos y ejercicios conjuntos que permiten
instruir y entrenar al personal de diferentes grados, así como unidades de
las instituciones en materias de carácter conjunto. Al más alto nivel de la conducción
militar o conjunta, hay que señalar la existencia, desde 1942, del Estado
Mayor de la Defensa Nacional —EMDN, organismo del Ministerio de Defensa
—, como ente integrador, planificador, coordinador y asesor.
El cumplimiento de las misiones que las Fuerzas Armadas tienen asignadas supone
que ellas deberán realizar operaciones militares complejas que requieren
de significativos esfuerzos terrestres, marítimos, aéreos, logísticos y de inteligencia,
debidamente coordinados desde el más alto nivel estratégico. Este supuesto
es válido no sólo para alcanzar objetivos en una guerra, sino también
cuando ellos son de naturaleza limitada, por ejemplo en situaciones de crisis.
Esta necesaria coordinación se refleja en la solución estratégica que las Fuerzas
Armadas adopten. Cuando esta solución exige que determinado objetivo estratégico
deba lograrse con el esfuerzo integrado, coordinado y armónico de medios
terrestres, navales y/o aéreos, la consecuencia es el imperativo de crear un
órgano de maniobra conjunto que cumpla con esas características y esto conlleva
la necesidad de materializar una conducción militar de carácter conjunto.
4.1. Algunos Conceptos
La estrategia militar o conjunta se define como “la ciencia y el arte de concebir
y conducir la utilización de los potenciales del campo de acción bélico, en la
preparación y ejecución de la guerra, coordinando las actividades de cada una de las instituciones de las FF.AA. y comandos conjuntos para alcanzar los objetivos
entregados por la Política”. Es decir, como un todo, las FF.AA. constituyen
un órgano de maniobra conjunto per se, pudiendo, si la situación lo aconseja
conformar otros órganos conjuntos subordinados de carácter permanente (comandos
conjuntos) o circunstancial (fuerzas de tarea conjuntas: por ejemplo,
fuerzas aerotransportadas conjuntas o fuerzas anfibias conjuntas).
De la naturaleza del objetivo, de los imperativos estratégicos, del análisis de los
elementos de la conducción estratégica y de la misión recibida, dependerá la
forma en que se organicen los medios y sus características (conjuntos, combinados
o institucionales). Por ello la determinación del empleo de medios conjuntos
es una responsabilidad del conductor militar del nivel correspondiente, a
quien se le ha asignado la misión y entregado el objetivo.
4.2. La Conducción Conjunta
Son las actividades realizadas para ejercer el mando y la coordinación entre las
fuerzas de dos o más instituciones cuando éstas deban participar en una operación
conjunta por la existencia de un objetivo que no pueda ser alcanzado por
medios de una sola institución.
La conducción conjunta nace en el nivel de las FF.AA. y se proyecta hacia la
conducción de un comando conjunto, pero puede materializarse en niveles menores
al de un comando conjunto, como la conducción de los órganos de maniobra
conjuntos y de operaciones conjuntas, sean éstas gestadas a nivel de las
FF.AA. o por un comando conjunto del nivel correspondiente. (Ver Recuadro 19)
4.3. Operaciones Conjuntas
Una operación conjunta es un esfuerzo ofensivo realizado por órganos de maniobra
generados por las FF.AA. o por comandos conjuntos, para un período determinado,
integrados por fuerzas de dos o más instituciones, bajo un mando
único, para lograr un objetivo de repercusiones estratégicas que no puede ser
logrado de otra forma.
4.4. Conclusiones Sobre lo Conjunto
De la visión general entregada sobre el tema de la conducción conjunta de campañas
y de operaciones se pueden extraer algunas consideraciones:
a) La guerra moderna es, en sí, un hecho conjunto y no es factible concebir
que uno de los componentes bélicos de las Fuerzas Armadas podría, por sí
solo, lograr el objetivo estratégico asignado.
b) No obstante lo anterior, para el logro del objetivo estratégico al menor costo
y en el plazo previsto, más que estructurar siempre fuerzas conjuntas, lo
relevante es emplear los medios que sean adecuados a ese fin.
c) La importancia relativa de cada institución podrá variar en cada teatro según
su preponderancia, su presencia comparativa permanente, las amenazas
por enfrentar, la situación estratégica y el escenario. Sin embargo, en un
teatro conjunto, las componentes que lo integran deberán tener similar capacidad
estratégica y responsabilidad en el logro del objetivo estratégico.
d) La definición de los objetivos estratégicos, cuyo logro sea sólo posible mediante
el empleo coordinado de medios terrestres, navales o aéreos, es la
génesis de la conducción conjunta.
Finalmente, es necesario resaltar que la legislación chilena establece que la
Junta de Comandantes en Jefe debe proponer la solución de todos los problemas
relacionados con la estrategia militar y su desarrollo durante la guerra y
dentro de ello debe proponer el establecimiento de comandos conjuntos en
aquellas zonas donde lo exija la seguridad nacional. De lo anterior se deduce
que es en el seno de este organismo donde se gesta la creación de comandos
conjuntos o de fuerzas de tarea conjuntas, de acuerdo a la solución estratégica
que se adopte y a la luz de los elementos detallados precedentemente.
RECUADRO 19
CONDICIONES PARA LA CONDUCCIÓN CONJUNTA
En cuanto al objetivo: tener características o repercusiones estratégicas, de tal manera
que justifique el empleo de fuerzas de diferentes instituciones bajo un Mando
comú
n.
En cuanto a las fuerzas: ser de dos o más instituciones y en cantidad o tamaño
proporcional a la naturaleza del objetivo a lograr. Una característica especial de las
fuerzas es que no siempre tienen que estar bajo el Mando Conjunto.
En cuanto al mando: ser ejercido por un Oficial de cualquiera de las instituciones
participantes, el que contará con la asesoría de un Estado Mayor Conjunto integrado
con miembros de las instituciones participantes en forma proporcional y cuya
tarea es asesorar al Comandante en todas las materias de carácter conjunto y, al
mismo tiempo, de las características propias de empleo, conducción y doctrina de
las instituciones participantes.
En cuanto al escenario: Las características del escenario, junto con la naturaleza
del objetivo son, quizás, los elementos más importantes a considerar para la organización
de una fuerza conjunta o la realización de una operación conjunta (aerotransportada
o anfibia). En este caso, se desprende que el escenario y el objetivo
son de tales características que solamente una fuerza conjunta es capaz de lograrlo.
Si ese objetivo puede ser alcanzado por las fuerzas de una institución, por sí solas,
o por una institución con el apoyo de otra, no se justifica la conducción conjunta
ni la organización de una fuerza conjunta.
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5. LA INTEROPERATIVIDAD
Entendida como la habilidad de sistemas, unidades o fuerzas, para entregar o recibir
servicios de otros sistemas, unidades o fuerzas, y usar estos servicios compartidos
en forma eficiente, la interoperatividad puede ser considerada hoy como
un requisito básico para la ejecución de operaciones militares conjuntas o de fuerzas combinadas integrantes de una coalición internacional.
En el plano nacional, la interoperatividad impacta en el funcionamiento y organización
de las Fuerzas Armadas y sus medios. El desafío de las instituciones
de la defensa de Chile es mejorar las capacidades de interoperar entre ellas. Esto
significa incorporar en sus procesos de modernización a la interopratividad
como un factor de relevancia en la toma de decisiones, dando énfasis al avance
en materia de estructuras y procesos de mando y control, así como en la administración
de la información. Chile ha avanzado en la estandarización de procedimientos
conjuntos, aunque desde un punto de vista operacional aún se requiere
adecuar la doctrina, los procesos de entrenamiento y la estandarización
de equipos y sistemas. En relación con el empleo técnico de los medios, se deberá
procurar la estandarización de procedimientos, lenguaje y catalogamiento
para todas las instituciones.
En el plano internacional, la definición de los requerimientos de interoperatividad,
para eventualmente desarrollar actividades dentro de una fuerza combinada
en el marco de las Naciones Unidas, compete a los gobiernos, particularmente
a los ministerios de Defensa y de Relaciones Exteriores. Las decisiones
que se adopten en estos ámbitos determinarán los estándares de interoperatividad
que se desee solventar y constituirán el marco en el que se desenvuelvan
los esfuerzos desplegados en esa dirección por los distintos estados partícipes.
[31] Se exceptúan de esta norma a los Oficiales
del Servicio Religioso y Oficiales pertenecientes
a escalafones de los Servicios
Profesionales. Véase la Ley Nº 18.948, Orgánica
Constitucional de las FF.AA., de febrero
de 1990.  [volver]
[32] Ver DS Nº 272 del 16 de marzo de
1985.  [volver]