El Marco Legal

La Legislación Nacional
Sistemas y Conceptos Organización Militar
- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (29/12/1976. Última reforma: 02/06/2006).
- Ley de Seguridad Nacional (31/01/2005. Última reforma: Decreto por el que se reforma el artículo 58 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional 26/12/2005).
Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 15/03/1926. Última Reforma: DOF 10/12/2004)
- Ley Orgánica de los Tribunales Militares (DOF 22/06/1929. Última Reforma: DOF 24/02/1931)
- Código de Justicia Militar (DNL Nº 005 - 31/08/1933. Última Reforma: DOF 29/06/2005)
- Ley de Servicio Militar (DOF 11/09/1940. Última Reforma: DOF 23/01/1998)
- Ley que crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea (DOF 29/12/1975)
- Ley de Recompensas de la Armada de México (DOF 14/01/1985)
- Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (DOF 13/01/1986. Última Reforma: DOF 24/06/2002)
- Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986. Última Reforma: DOF 23/01/1998)
- Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México (DOF 13/12/2002)
- Ley Orgánica de la Armada de México (DOF 30/12/2002)
- Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 30/10/2003)
- Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México (DOF 14/06/2004)
- Ley de Ascensos de la Armada de México (DOF 25/06/2004)
- Ley de Educación Militar del Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 23/12/2005)
- Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 09/02/2006)

Fuente: Elaboración propia en base a la legislación mencionada. Para las disposiciones constitucionales ver Capítulo 1.

Militares y Participación Política


Retirados

En actividad

Posibilidad de Voto
Presentación de Candidaturas (1)

(1) No se debe revistar en servicio activo por lo menos noventa días antes de la elección para Diputado (Constitución Política Art. 55) o Senador (Constitución Política, Art. 58), y seis meses para ser Presidente (Constitución Política, Art. 82). La legislación indica que para ocupar cargos de elección popular los militares deben solicitar una licencia llamada especial, concebida ex profeso.

Fuente: Constitución, Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986. Última Reforma: DOF 23/01/1998) y Ley Orgánica de la Armada de México (DOF 30/12/2002).


Tratados Internacionales

Sobre Seguridad Hemisférica - Tratado Americano de Soluciones Pacificas (Pacto de Bogotá):
Firma: 30/04/1948
Depósito: 23/11/1948
Sobre Armamento -Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco):
Firma: 14/02/1967
Depósito: 20/09/1967
-Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares:
Firma: 26/07/1968
Depósito: 21/01/1969
- Convención para la prohibición de Armas Químicas:
Firma: 13/01/1993
Depósito: 29/08/1994
- Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonales (Convención de Ottawa):
Firma: 03/12/1997
Depósito: 09/06/1998
- Convención sobre el Desarrollo, Producción, y Acumulación de Armas Tóxicas y Bacteriológicas y su Destrucción:
Firma: 10/04/1972
Depósito: 08/04/1974
- Convención sobre la Prohibición o Restricción del Uso de Ciertas Armas Convencionales con Excesivos Daños o Efectos Indiscriminados:
Firma: 10/04/1981
Depósito: 11/02/1982
- Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados:
Firma: 14/11/1997
Depósito: 01/06/1998
- Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales:
Firma: 07/06/1999
No Ratifica
- Tratado de Ensayos Nucleares (CTBT):
Firma: 24/09/1996
Depósito: 05/10/1999
Sobre Derechos Humanos y Justicia - Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica):
Adhesión: 02/03/1981
- Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas:
Firma: 04/05/2001
Depósito: 09/04/2002
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura:
Firma: 10/02/1986
Depósito: 22/06/1987
- Corte Penal Internacional
Firma: 07/09/2000
Depósito: 28/10/2005
- Obligatoriedad ante la Corte Internacional de Justicia
Depósito: 28/10/1947
Sobre el Sistema Hemisférico -Carta de la Organización de los Estados Americanos:
Firma: 30/04/1948
Depósito: 23/11/1948

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de la Oficina de Derecho Internacional de la OEA y Oficina de Asuntos Legales de la ONU.

El Presupuesto

Presupuesto del Estado 2008 Moneda local 1.899.925.000.000
US$ 173.350.821.168
PBI 2008 (en US$) 949.576.000.000
Presupuesto de Defensa 2008 Moneda local 51.579.409.059
US$ 4.706.150.462
% del PBI 0,50
% del presupuesto del Estado 2,71


Presupuesto de Defensa 2008 (en moneda local)

Ramos* Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales Otros Corrientes y Gastos de Capital TOTAL
Programa Secretaría de Defensa          
Comandancia Fuerza Aérea Mexicana 1.946.752.698 318.006.667 267.979.074 0 2.532.738.439
Jefatura Estado Mayor Defensa Nacional 2.555.507.195 176.372.181 160.102.878 0 2.891.982.254
Comandancias Regiones Militares 16.500.944.823 1.529.184.159 792.083.533 60.048.805 18.882.261.320
Dirección Gral. Industria Militar 390.915.283 231.910.122 115.594.562 0 738.419.967
Procuraduría Gral. de Justicia Militar 177.028.569 4.907.484 5.700.993 0 187.637.046
Presidencia Supremo Tribunal Militar 100.384.658 1.641.103 647.547 0 102.673.308
Dirección Gral. Educación Militar 965.110.812 77.061.483 19.225.673 15.451.195 1.076.849.163
Dirección Gral. Sanidad 2.715.227.967 379.858.330 28.846.855 0 3.123.933.152
Otras Direcciones Generales** 4.186.257.589 821.869.777 316.378.885 5.000 5.324.511.251
Programa Marina          
Junta de Almirantes 12.856.169 219.600 0 0 13.075.769
Junta Naval 8.189.724 128.100 0 0 8.317.824
Estado Mayor General de la Armada 261.792.926 22.395.000 6.424.200 0 290.612.126
Fuerzas, Regiones, Zonas y Sectores Navales 6.725.082.694 1.170.283.815 470.980.839 0 8.366.347.348
Dirección Gral. Construcciones Navales 129.707.600 100.676.900 5.678.500 338.000.000 574.063.000
Dirección Gral. Investigación y Desarrollo 123.665.1281 40.022.850 57.892.400 58.500.000 280.080.378
Otras Direcciones Generales*** 2.212.393.055 463.307.594 289.275.079 631.552.400 3.596.528.128
Secretaría**** 200.097.885 6.295.242 47.328.400 0 253.721.527
Instituto de Seguridad Social (ISSFAM) 203.517.083 20.088.658 1.381.866.081 1.730.185.237 3.335.657.059
TOTAL 39.415.431.858 5.364.229.065 3.966.005.499 2.833.742.637 51.579.409.059

* Unidades responsables.
** De Administración, de Fábricas de Vestuario y Equipos, de Ingenieros, de Comunicación Social y de Informática.
*** De Administración y Finanzas, de Servicios, y de Recursos Humanos.
**** Incluye a las unidades responsables Subsecretaría, Oficialía Mayor, Jurídica, Inspección y Contraloría General.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación 2008. Se considera aquí el Presupuesto del Estado, lo que el Congreso aprobó en la ley antecitada.
PBI 2008: Proyección del World Economic Outlook Database, FMI. Se ha tomado esta fuente con fines comparativos. Cada país elabora el presupuesto en base a su propia estimación de PBI.
El valor del dólar tomado corresponde al tipo de cambio según el World Economic Outlook Database, FMI. El promedio de la tasa de cambio, en base a los datos del Banco de México, es de 10,93 Pesos. Se proveen las cifras en moneda nacional para otros eventuales cálculos.
Las expresiones vertidas en negrita (tabla) identifican las diferentes partidas relacionadas con defensa que pueden encontrarse en una clasificación sectorial o institucional en la ley de presupuesto.

Las Definiciones Políticas

Conceptos
¿Qué es Defensa? Salvaguardar la integridad del territorio y preservar la soberanía de la Nación es objetivo y obligación irrenunciable del Estado mexicano. La larga lucha por erigirnos en una nación libre, en una nación de derecho no puede entenderse sin las Fuerzas Armadas. Garantizar la integridad del territorio nacional es fundamental para el progreso de México. Las fronteras, mares y costas del país no deben ser una ruta para la acción de los criminales. No se debe permitir que el territorio nacional sea utilizado para consumar acciones que atentan contra la vida, la salud, la integridad física y el patrimonio de los mexicanos.
(Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012)
¿Qué es Seguridad? Por seguridad nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, que conlleven a: la protección de la Nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país; la preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio; el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno; el mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación; la defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y la preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes.
(Ley de Seguridad Nacional - DOF 31/01/2005. Última Reforma: DOF 26/12/2005, Art. 3)

Presentación de Registros a Naciones Unidas
  1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Gastos Militares     * *   *   * * * * * * * * *
Armas Convencionales * * * * * * * * * * * * * * * s/d

Fuente: Elaboración propia en base a los reportes presentados ante el Registro de Armas Convencionales y al Informe Estandarizado Internacional sobre Gastos Militares, de las Naciones Unidas. La publicación de los datos del Registro de Armas Convencionales correspondientes a 2007, es esperada para agosto de 2008.


Facultades Constitucionales del Congreso

En relación a la Guerra y la Paz - ¿Puede declarar la guerra?: Sí
- ¿Se requiere su autorización para declarar la guerra?: Sí
- ¿Puede celebrar la paz?: No
- ¿Se requiere su autorización para celebrar la paz?: Sí(1) - ¿Se requiere su autorización para el ingreso de tropas extranjeras?: Sí(1)
- ¿Se requiere su autorización para el egreso de tropas nacionales?: Sí(1)
En Relación al Contro - ¿Se requiere su aprobación para el nombramiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas?: Sí(1)
- ¿Pueden acusar a oficiales de las Fuerzas Armadas?: No
- ¿Puede juzgar funcionarios?: Sí(2)
- ¿Participa en la elección de funcionarios de instituciones de control externo?: Sí
- ¿Puede introducir modificaciones en el presupuesto nacional? Sí(2)
Estados de Excepción Denominación: Suspensión en todo el país o en lugar determinado de las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación suscitada.
Causa: Invasión.
Perturbación grave de la paz pública.
Cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.
Conflicto.
Participación del Poder Legislativo: Requiere aprobación del Congreso.
(1) Corresponde al Senado.
(2) Corresponde a la Cámara de Diputados.

Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución.




Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por el Poder Legislativo.


Organización del Sistema

Funciones Nivel Poderes del Estado El Presidente de la República es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. En calidad de tal ejercerá el Mando Supremo del Ejército y la Fuerza Aérea, por un lado, y el de la Armada, por el otro.
El Consejo de Seguridad Nacional coordina las acciones orientadas a preservar la seguridad nacional. Es una instancia deliberativa cuya finalidad es establecer, determinar y articular la política de seguridad nacional, así como el dictar los lineamientos que permitan articular las acciones de las dependencias que lo integran. El Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente con una periodicidad no menor a 2 meses. Está integrado por el Presidente de la República que lo preside, El Secretario de Gobernación (quien es su Secretario Ejecutivo), el Secretario de la Defensa Nacional, el Secretario de Marina, el Secretario de Seguridad Pública, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Secretario de la Función Pública, el Secretario de Relaciones Exteriores el Secretario de Comunicaciones y Transportes, el Procurador General de la República y el Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional. Las reuniones del Consejo serán de carácter reservado.
El Congreso Nacional ejerce las facultades conferidas por la Constitución y sigue en forma permanente las cuestiones vinculadas a la defensa a través de las comisiones de defensa de ambas cámaras.
Nivel Ministerial El Alto Mando del Ejército y de la Fuerza Aérea lo ejerce el Secretario de la Defensa Nacional quien, de conformidad con las instrucciones que reciba del Presidente, es el responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a las Fuerzas Armadas de tierra y aire.
El Alto Mando de la Armada lo ejerce el Secretario de Marina quien, de conformidad con las instrucciones que reciba del Presidente, es el responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a las Fuerzas Armadas de mar.
Nivel Militar El Estado Mayor de la Defensa Nacional es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del Alto Mando, a quien auxilia en la planeación y coordinación de los asuntos relacionados con la Defensa Nacional y con la organización, adiestramiento, operación y desarrollo de las Fuerzas Armadas de tierra y aire y transforma las decisiones en directivas, instrucciones y órdenes, verificando su cumplimiento.
El Estado Mayor General de la Armada es el órgano asesor del Alto Mando a quien auxilia en la planeación, coordinación y supervisión de las operaciones requeridas para el cumplimiento de las atribuciones asignadas a la Armada, transformando sus decisiones en directivas, órdenes e instrucciones, supervisando su cumplimiento.

[Vea el organigrama]

Fuente: Fuente: Elaboración propia en base a la Constitución, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (DOF 29/12/1976. Última Reforma: DOF 01/10/2007), Ley Orgánica de la Marina de México (DOF 30/12/2002), Ley Orgánica del Ejercito y la Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986. Última Reforma: DOF 23/01/1998) y Ley de Seguridad Nacional (DOF 31/01/2005. Última Reforma: DOF 26/12/2005).


Secretaría de Marina La Secretaría de Marina, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre sus atribuciones tiene la responsabilidad de preservar la soberanía de la Nación, mediante el ejercicio de las acciones del Estado en las zonas marinas mexicanas, islas, cayos, arrecifes, zócalos, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, garantizando la defensa de los intereses de la Nación, el mantenimiento del estado de derecho y el orden público, la seguridad al tráfico marítimo y la salvaguarda de la vida humana y de sus bienes en la mar.
Para el cumplimiento de dichas funciones, se llevan a cabo operaciones de superficie, aeronavales y de Infantería de Marina, actividades de protección de instalaciones estratégicas, vigilancia para garantizar la seguridad del tráfico marítimo, salvaguarda de la vida humana en la mar, rescate y salvamento, combate al narcotráfico, tráfico ilegal de personas y armas, auxilio a la población civil en casos y zonas de desastre o emergencia, las cuales son conducidas a través de los mandos de las fuerzas, regiones, zonas y sectores navales.
Secretaría de la Defensa Nacional La Secretaría de la Defensa Nacional es un organismo político administrativo del Poder Ejecutivo Federal, cuyas funciones específicas las dicta la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la vez constituye el Cuartel General Superior del Ejército y Fuerza Aérea.
Es responsable de organizar, equipar, educar, capacitar y desarrollar a las Fuerzas Armadas de tierra y aire, mediante programas de corto y mediano plazo que permitan:
- Defender la integridad, independencia y soberanía de la Nación.
- Garantizar la seguridad interior.
- Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.
- Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país.
- En caso de desastre, prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio a las personas afectadas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.
Le corresponde el despacho de diversos asuntos, además de los asignados por el Ejecutivo Federal:
- Promover el respeto de los derechos humanos.
- Combatir al narcotráfico.
- Contribuir a combatir a la delincuencia organizada.
- Apoyar a las tareas de seguridad pública.
- Mantener el orden interno.
- Proporcionar seguridad a instalaciones vitales.
- Proteger al medio ambiente y recursos naturales.
Año de creación Secretaría de Defensa Nacional: 1937
Secretaría de Marina: 1940
Secretarios actuales (agosto 2008) Secretaría de Defensa Nacional: Guillermo Galván Galván
Secretaría de Marina: Francisco Saynez Mendoza
¿Pueden los militares ser Secretarios?
Cantidad de militares que fueron Secretarios Secretaría d e Defensa Nacional: 13
Secretaria de Marina: 5
Cantidad de civiles que fueron Secretarios Secretaría de Defensa Nacional: Ninguno
Secretaria de Marina: 3
¿Hubo mujeres a cargo de las Secretarías? No


Permanencia promedio en el cargo de los Secretarios

Secretaría de Defensa: 5 años y 4 meses
Secretaría de Marina: 3 años y 8 meses

[No se considera la gestión actual]


[Vea el organigrama]


Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las Secretarías y la estrategia programática de la Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 (DOF 13/12/2007).


Educación para la Defensa

Principales Cursos de Especialización en el Área

Curso Institución
- Maestría en Seguridad Nacional Centro Superior de Estudios Navales
- Maestría en Administración Militar para la Seguridad y Defensa Nacionales Colegio de Defensa Nacional

Fuente: Elaboración propia en base a la información suministrada por las páginas web de las instituciones mencionadas.


Carrera Militar

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Heroico Colegio Militar
Duración: 3 años
Título de egreso: Licenciatura en Ciencias Militares
Grado de egreso: Subteniente
Heroica Escuela Naval Militar
Duración: 5 años
Título de egreso: Ingeniero en Ciencias Navales
Grado de egreso: Guardiamarina
Colegio del Aire
Duración: 3 años
Título de egreso: Cédula Profesional de piloto aviador militar
Grado de egreso: Subteniente
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Escuelas de formación intermedia
Teniente
Teniente de Corbeta
Teniente
Capitán Segundo
Teniente de Fragata
Capitán Segundo
Capitán Primero
Teniente de Navío
Capitán Primero
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela de Estado Mayor
Escuela Superior de Guerra
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General Brigadier
General de Brigada
General de División
Centro Superior de Estudios Navales
Capitán de Corbeta
Capitán de Fragata
Capitán de Navío
Contraalmirante
Vicealmirante
Almirante
Escuela Superior de Guerra
Mayor
Teniente Coronel
Coronel
General de Grupo
General de Ala
General de División
Ingreso al Heroico Colegio Militar – 2007 – (1)
Aspirantes: 2.787
Ingresantes: 350
Ingresó 1 de cada 8 aspirantes
Ingreso a la Heroica Escuela Naval Militar - 2008 -
Aspirantes: 4.036
Ingresantes: 420
Ingresó1 de cada 9 aspirantes
Ingreso al Colegio del Aire – 2007 – (1)
Aspirantes: 2.557
Ingresantes: 277
Ingresó 1 de cada 9 aspirantes

(1) A agosto de 2008, el proceso de admisión 2008 se encontraba en su etapa final. Se presentaron aspirantes 2.503 al Heroico Colegio Militar, y 2.557 al Colegio del Aire.

Fuente: Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986) y Ley Orgánica de la Armada de México (DOF 30/12/2002). Ingreso a la Academia: Secretaría de Defensa Nacional y Secretaría de Marina.

Las Fuerzas Armadas

Misión General

Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; garantizar la seguridad interior y la defensa exterior.
Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas; realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país; y en caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.
Emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país. (Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos - DOF 26/12/1986, Art. 1 y Ley Orgánica de la Armada de México - DOF 30/12/2002, Art. 1)

Misiones Particulares

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

-Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación.
-Garantizar la seguridad interior.
-Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.
-Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país.
-En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.

Fuerza Terrestre y Fuerza Aérea
Oficiales: 36.011
Suboficiales: 95.105
Tropa: 67.581
TOTAL: 198.697
Su misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país.

Fuerza Naval
Oficiales: 11.0182
Suboficiales y Tropa: 38.426
TOTAL: 49.444
-Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación.
-Garantizar la seguridad interior.
-Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.
-Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país.
-En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.

Fuerza Terrestre y Fuerza Aérea
Oficiales: 36.011
Suboficiales: 95.105
Tropa: 67.581
TOTAL: 198.697

Total de fuerzas: 248.141


Fuente: Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986) y Ley Orgánica de la Armada de México (DOF 30/12/2002) (misiones); Secretaría de Marina y Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 (DOF 07/12/2007) (efectivos).

La Mujer en las Fuerzas Armadas

 

Fuerza Terrestre

Fuerza Naval

Fuerza Aérea

Año de ingreso (oficiales)

Cuerpo Profesional

1938

1938

1938

Cuerpo Comando

2007

2008

2007

Grados que alcanzan

General de Brigada

Almirante

General de Ala

Por “cuerpo comando” se considera a aquellos militares formados para cumplir misiones relativas al combate y que tienen capacidad de mando.
Por “cuerpo profesional” se considera a aquellos militares que se forman o se incorporan a las fuerzas, para brindar servicios de apoyo técnicos y/o profesionales.

Fuente: Elaboración propia en base a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (DOF 26/12/1986) y la Ley Orgánica de la Armada de México (DOF 30/12/2002), e información suministrada por las instituciones mencionadas.


Fuente: Secretaría de Marina y Secretaría de Defensa Nacional. El país en donde el agregado reside, es considerado aquí como la sede, más allá de que pueda estar acreditado en uno o más países.